Tema 1: ¿Qué es el Derecho?
⚖️ Tema 1 – ¿Qué es el Derecho? Normas, personas y jerarquía legal
Introduce el concepto de Derecho, las normas jurídicas y su jerarquía, así como la personalidad jurídica (personas físicas y jurídicas), la nacionalidad, el domicilio y la vecindad civil.
📘 1. Concepto de Derecho
El Derecho puede entenderse en varias acepciones:
- Derecho objetivo: conjunto de normas jurídicas obligatorias.
- Derecho subjetivo: facultad atribuida a una persona (ej. derecho de propiedad).
- Derecho como ciencia jurídica.
graph TD A[Derecho] --> B[Objetivo] A --> C[Subjetivo] A --> D[Ciencia jurídica]
📜 2. Las normas jurídicas
Las normas jurídicas regulan la convivencia social y son obligatorias. Tienen:
- Supuesto de hecho.
- Consecuencia jurídica.
- Coercibilidad (uso de la fuerza legítima).
Características
- Generalidad.
- Obligatoriedad.
- Permanencia.
flowchart LR A[Norma jurídica] --> B[Supuesto de hecho] A --> C[Consecuencia] A --> D[Coercibilidad]
🏛️ 3. Jerarquía normativa
El ordenamiento jurídico español sigue un principio de jerarquía normativa (art. 9 CE):
- Constitución
- Leyes orgánicas
- Leyes ordinarias
- Reglamentos (reales decretos, órdenes…)
graph TD A[Constitución] --> B[Leyes] B --> C[Leyes orgánicas] B --> D[Leyes ordinarias] D --> E[Reglamentos]
🧍♂️ 4. Personas en sentido jurídico
El Derecho distingue dos tipos de personas:
- Persona física: ser humano; capacidad jurídica desde el nacimiento con vida.
- Persona jurídica: entidades (asociaciones, empresas, fundaciones) con capacidad para actuar en derecho.
flowchart LR A[Personas] --> B[Físicas] A --> C[Jurídicas]
👶 5. Existencia y capacidad
- Capacidad jurídica: aptitud para ser titular de derechos (desde el nacimiento).
- Capacidad de obrar: aptitud para realizar actos jurídicos (depende de edad y condiciones).
- Extinción de la personalidad: muerte o disolución.
graph TD A[Personalidad] --> B[Capacidad jurídica] A --> C[Capacidad de obrar] A --> D[Extinción]
🪪 6. Nacionalidad española
- Adquisición:
- Por origen (ius sanguinis, ius soli).
- Por residencia.
- Por carta de naturaleza.
- Pérdida y recuperación según Código Civil.
graph TD A[Nacionalidad] --> B[Origen] A --> C[Residencia] A --> D[Carta naturaleza]
🏠 7. Domicilio y vecindad civil
- Domicilio: lugar de residencia habitual.
- Vecindad civil: determina el Derecho civil aplicable (común o foral).
flowchart LR A[Domicilio] --> B[Residencia habitual] A --> C[Vecindad civil]
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